El problema de los topónimos en las regiones bilingües de España me parece sumamente complejo, y considero lamentable la demagogia y la manipulación ideológica en que se ha incurrido al respecto en nuestra historia reciente. Partiendo del régimen jurídico actual de estos topónimos, voy a analizar muy brevemente las diferentes situaciones que existen, las injusticias cometidas y cuál debería ser, a mi juicio, la situación ideal.
Desde la Transición el nombre de muchos municipios en las comunidades autónomas con otra lengua vernácula aparte del español ha sido objeto de encarnizados debates, que en teoría se han cerrado con la aprobación de las respectivas leyes de “normalización lingüística”. Resumidamente estas normas establecen el nombre no castellano como única denominación oficial de algunas entidades territoriales, entre ellas A Coruña, Ourense, Araba, Guipukoa, Bizkaia, Girona, Lleida e Illes Baleares, mientras que en otros casos se admite la doble denominación: Alicante/Alacant, Castellón/Castelló, Vitoria-Gasteiz o San Sebastián/Donostia.
¿Pero cuál es en realidad el topónimo originario de estas ciudades? ¿Cómo se llamaban cuando fueron fundadas y en qué momento y por qué se cambió el nombre? Son preguntas no siempre fáciles de responder, aunque, a grandes rasgos, podemos distinguir seis situaciones distintas:
1.- Municipios que tenían un nombre no castellano hasta que en algún momento de la Edad Media el territorio fue conquistado o anexionado por el Reino o la Corona de Castilla, usándose desde entonces y hasta hoy la versión en castellano. Los mejores ejemplos se encuentran en la actual comunidad valenciana, donde los reyes de Castilla modificaron los nombres de origen árabe de muchas poblaciones (Xátiva-Játiva, Alacant-Alicante…)
2.- Municipios que fueron fundados con un nombre en lengua castellana que después convivió durante siglos con la traducción o la transformación fonética de los vascohablantes. El caso más evidente es el de San Sebastián-Donostia.
3.- Municipios que fueron fundados con un nombre latino o castellano que se utilizó unánimemente durante siglos hasta que, con la llegada de la democracia, los nacionalistas impusieron su transformación artificial por motivos políticos. En este supuesto encajarían muchas localidades gallegas y vascas como A Coruña (La Coruña), Ourense (Orense) Saturtzi (Santurce) u Hondarribia (Fuenterrabía), así como las provincias de Guipukoa y Bizkaia, estas últimas con nombres primitivos en vascuence latinizado (Guipúzcoa y Vizcaya) cuya grafía ha sido alterada por los secesionistas para adaptarla al eusquera "unificado". Bilbao responde al mismo esquema, con el agravante de que “Bilbo” ni siquiera es hoy una denominación oficial; simplemente se trata de una invención que ha logrado difundir con éxito la Real Academia Vasca.
4.- Municipios fundados con nombre navarroaragonés donde antes existía una antigua villa con nombre vasco. El ejemplo por excelencia es Gasteiz, refundada por el Rey de Navarra Sancho VI en 1181 como “Victoria”.
5.- Municipios con denominación histórica en lengua no castellana que, sin embargo, fue castellanizada durante los primeros años del régimen franquista. Son casos contados con los dedos de la mano y casi todos en Cataluña: Sant Boi de Llobregat (San Baudilio de Llobregat) y el barrio barcelonés de Poble-Sec (Pueblo Seco), entre otros.
6.- Municipios que han tenido varios nombres históricos desde la época romana, por lo que es imposible consensuar cuál es el correcto. Los dos casos más conocidos se encuentran en Cataluña. Uno es el de Lérida (Lleida), que en la España romana se llamó Ilerda; en tiempos de los moros, Larida, y Leyda tras la reconquista, y el otro sería el de Gerona (Girona), llamada Gerunda por los romanos y con una posterior evolución fonética. Ambos términos han sido indistintamente utilizados en Cataluña desde hace siglos.
¿Cuál debería ser en justicia la denominación oficial de estas poblaciones con independencia de la legislación actualmente en vigor?
En mi opinión, en los casos 1, 2 y 6 deberían mantenerse oficialmente ambas denominaciones, pues las dos cuentan con una amplia tradición histórica. Desgraciadamente en el caso 6 no es así, pues se han suprimido oficialmente los nombres en castellano (Lérida y Gerona).
En los casos 3 y 5 la denominación oficial debería ser únicamente la original (en el caso 5 así es legalmente)
En el caso 4 el nombre a mantener debería ser el consagrado por el Reino histórico correspondiente (en el ejemplo puesto, Vitoria).
Por último, y con independencia del nombre oficial que tengan todas estas ciudades y pueblos españoles, la Real Academia Española ha dejado bien claro que cuando se habla o se escribe en castellano lo correcto es emplear siempre la variante en esta lengua, igual que en español decimos Londres y Nueva York, y no London y New York.